Descargo de Responsabilidad Legal
Aviso Importante: La información proporcionada en esta guía de seguridad y normativa es solo para fines informativos y de referencia general. Las regulaciones de drones en Latinoamérica, España, EE. UU. y Canadá están sujetas a cambios constantes por parte de las autoridades aeronáuticas (FAA, Transport Canada, ANAC, etc.). Dronsale no se hace responsable por multas, sanciones o incidentes legales derivados del uso de esta información. Es responsabilidad obligatoria del operador/piloto verificar las leyes locales vigentes y obtener los permisos correspondientes antes de realizar cualquier operación de vuelo.
Tu Responsabilidad como Piloto: Antes de Despegar
Volar un dron es una experiencia increíble, pero conlleva una responsabilidad legal y civil. Como comandante de tu aeronave, asegúrate de cumplir siempre con estos tres pilares antes de encender los motores:
1. Checklist de Seguridad (Tu vida y la de otros dependen de esto)
No dejes nada al azar. Un fallo mecánico en el aire puede ser catastrófico.
Inspección Técnica: Revisa minuciosamente el estado de las hélices; cualquier grieta o deformación es motivo para no volar. Verifica que la batería esté bien encastrada y tenga la carga suficiente.
Análisis del Clima: Consulta siempre la velocidad del viento y la visibilidad. No fuerces tu equipo en condiciones de ráfagas fuertes o lluvia, incluso si crees que "el dron se la banca".
2. Respeto a la Privacidad (La ley va más allá del aire)
Recuerda que ser dueño del espacio aéreo no te da derecho sobre el espacio privado.
Protección de Datos: Más allá de las normas de aviación, existen leyes estrictas de protección de datos personales. Evita grabar a personas sin su consentimiento o captar imágenes dentro de propiedades privadas. Una denuncia por invasión a la privacidad puede ser tanto o más grave que una infracción aeronáutica.
3. Zonas Prohibidas (No pongas en riesgo la aviación)
El desconocimiento de la norma no te exime de la multa. Las zonas restringidas existen para proteger aeropuertos, sitios gubernamentales y áreas sensibles.
Uso de Herramientas Digitales: Es obligatorio consultar mapas de restricción en tiempo real. Utiliza aplicaciones profesionales como Aloft, DJI Fly o las apps oficiales de tu país (como B4UFLY en EE. UU. o SARPAS en Brasil). Si la app indica zona roja, no despegues.
El futuro de este hobby y de la industria depende de pilotos responsables como vos. ¡Volá seguro, volá con conciencia!
Toca tu país para ir directo a la normativa oficial:
🇦🇷 Argentina
🇪🇸 España
🇲🇽 México
🇨🇴 Colombia
🇨🇦 Canadá
🇧🇷 Brasil
🇨🇱 Chile
🇵🇪 Perú
🇵🇾 Paraguay
🇧🇴 Bolivia
🇪🇨 Ecuador
🇺🇾 Uruguay
🇻🇪 Venezuela
🇨🇷 Costa Rica
🇸🇻 El Salvador
🇧🇿 Belice
🇬🇹 Guatemala
🇭🇳 Honduras
🇳🇮 Nicaragua
🇵🇦 Panamá
🇸🇷 Surinam
bs Bahamas
bb Barbados
cu Cuba
gd Granada
gy Guyana
ht Haití
jm Jamaica
vc San Vicente y las Granadinas
lc Santa Lucía
Entender la normativa vigente de la ANAC (Administración Nacional de Aviación Civil) es la clave para disfrutar de tu dron sin riesgos legales. La nueva Resolución 550/25 simplifica el vuelo recreativo, pero establece límites claros basados principalmente en el peso de tu aeronave no tripulada.
El Punto Crucial: Drones de Menos de 250 Gramos
Si estás pensando en comprar un dron, la mejor noticia es para los modelos ultraligeros.
Drones que Exigen Responsabilidad: De 250 Gramos a 25 Kg
Si tu dron se encuentra en este rango de peso, las exigencias legales aumentan, especialmente si planeas volar en áreas de riesgo.
¿Se Vuela Sin Autorización? Solo en zonas rurales o abiertas. Si el vuelo es en áreas urbanas o clasificadas como restringidas, la autorización es obligatoria.
Requisitos Obligatorios:
Registro en la ANAC: Para todos los equipos que superen los 250 gramos.
Seguro de Responsabilidad Civil: Fundamental para cubrir posibles daños a terceros.
Limitaciones: Está estrictamente prohibido operar estos drones en zonas de alta concentración de público (conciertos, eventos deportivos, bodas) o áreas urbanas densas sin la debida aprobación.
Drones Profesionales: Más de 25 Kg (Operaciones Complejas)
Estos equipos requieren el máximo rigor legal debido a su tamaño y potencial uso profesional.
Requisitos Indispensables:
Certificado de Aeronavegabilidad.
Licencia de Piloto a Distancia certificada.
Seguro de Responsabilidad Civil Completo.
Consideraciones Finales para el Vuelo Seguro
La mayoría de los vuelos de hobby caen en la Categoría Abierta , que es la más flexible. Sin embargo, cualquier uso comercial, o vuelo en zonas sensibles (Parques Nacionales o áreas de seguridad), exige una autorización especial y una certificación como operador. Es vital clasificar correctamente tu operación antes de despegar.
El marco legal para la operación de drones en España se basa en la legislación de la Unión Europea (Reglamento UE 2019/947) , implementada y supervisada por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) . Con la entrada en vigor de normativas complementarias como el Real Decreto 517/2024 , España ha consolidado un régimen riguroso que prioriza la seguridad.
El elemento fundamental de esta ley es la clasificación de operaciones por nivel de riesgo .
Ejes Centrales de la Regulación Europea (EASA): Clasificación por Riesgo
La ley clasifica las operaciones de aeronaves no tripuladas en tres grandes categorías, determinando el nivel de autorización que necesitas:
Requisitos Obligatorios y Desarrollo Nacional (Real Decreto 517/2024)
El Real Decreto 517/2024 actúa como complemento a la normativa europea, estableciendo puntos de cumplimiento esenciales en el territorio español:
Seguro de Responsabilidad Civil: Es indispensable contar con un seguro de daños a terceros con una cantidad mínima establecida legalmente, incluso para muchas operaciones de hobby.
Identificación Electrónica: Los drones modernos, y aquellos destinados a operaciones de riesgo medio o alto, deben incorporar un sistema de identificación electrónica para su rastreo.
Formación del Piloto: El operador debe registrarse y demostrar el cumplimiento de la formación y habilidades requeridas para la categoría de vuelo, obteniendo los certificados de piloto a la distancia necesaria.
Geovigilancia: El país utiliza un sistema de geovigilancia para delimitar con claridad las zonas de vuelo permitidas y restringidas.
El Factor Clave en España: La Ubicación
A diferencia de otras regiones, en España, el lugar de vuelo es un factor determinante. Independientemente del peso del dron, operar cerca de infraestructuras críticas , zonas urbanas densas o aglomeraciones de personas siempre requerirá un estudio de seguridad previo y una autorización específica para evitar infracciones.
Conclusión: La normativa española es muy detallada. Si opera un dron en España, debes registrarte y cumplir con la formación mínima, además de respetar estrictamente la clasificación de riesgo de tu vuelo.
https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/normativa-de-uas-drones
Si operas tu dron en México, debes regirte por las directrices de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) . La norma central es la NOM-107-SCT3-2019 , que establece un conjunto claro de requisitos para la operación segura de un Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS).
Esta normativa es crucial para diferenciar entre un hobby simple y un uso comercial o profesional.
Requisitos Legales Centrales (Normativa NOM-107):
La ley mexicana es estricta en estos cuatro puntos esenciales:
Registro Obligatorio: Es indispensable registrar ante la AFAC cualquier dron que vaya a sobrevolar zonas habitadas o pobladas.
Clasificación por Peso: La normativa organiza los drones según su peso, lo cual define el tipo de operación permitida y las credenciales necesarias.
Seguro de Responsabilidad: Para cualquier uso que se considere comercial o no recreativo , se exige contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil.
Credenciales de Piloto: El operador debe obtener tanto el registro del RPAS como la credencial de piloto a distancia expedida por la autoridad antes de iniciar el vuelo.
Limitaciones Clave que Todo Piloto Debe Respetar:
Para garantizar la seguridad del espacio aéreo, la AFAC ha establecido restricciones de vuelo específicas:
Distancia a Aeropuertos: Debes mantener tu aeronave a un mínimo de 9.2 kilómetros de cualquier aeródromo o infraestructura aeroportuaria.
Alcance Horizontal: No debes superar los 457 metros de distancia horizontal con respecto a la posición del piloto.
Objetos a Arrojar: Está terminantemente prohibido arrojar objetos o sustancias desde el dron durante el vuelo.
Velocidad: La velocidad máxima de operación no debe exceder la capacidad establecida por el fabricante.
De conformidad con el artículo 2 del Decreto 1294 de 2021, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil es la autoridad en materia aeronáutica en todo el territorio nacional para regular, certificar, vigilar y controlar, en materia aeronáutica a los proveedores de servicios a la aviación civil, el uso del espacio aéreo colombiano y la infraestructura dispuesta para ello.
Que la República de Colombia es miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) al haber suscrito el Convenio sobre Aviación Civil Internacional en Chicago en 1944, el cual se encuentra aprobado mediante la Ley 12 de 1947 y que, en tal virtud, debe dar cumplimiento a dicho Convenio.
Que, de conformidad con el Artículo 8° del referido Convenio sobre Aviación Civil Internacional, “ninguna aeronave capaz de volar sin piloto volará sin él sobre el territorio de un Estado contratante, a menos que se cuente con permiso especial de tal Estado y de conformidad con los términos de dicho permiso (…)”, agregando que “(…) Todos los Estados contratantes se comprometen a velar porque el vuelo de aeronaves sin piloto en las regiones abiertas al vuelo de aeronaves civiles se regule de tal modo que se evite todo peligro a las aeronaves civiles”.
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 1789 del Código de Comercio, en las definiciones contenidas en los Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional y en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, el componente que vuela de los sistemas de aeronaves no tripuladas , en efecto, son aeronaves, por lo cual están sujetos a las normas contenidas en la Ley, y su utilización y operación son materia de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia.
Que la OACI lanzó en el año 2011 su visión sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas ( UAS , por sus siglas en inglés) y se la comunicó a los Estados miembros mediante la Circular 328 AN/190, considerándolos como un nuevo componente del sistema aeronáutico que, asunto que como país suscriptor del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, debemos comprender, definir e integrar.
Que la OACI publicó en el año 2015 el Documento 10019 AN/507 – Manual sobre sistemas de aeronaves pilotadas a distancia ( RPAS ), desarrolló un conjunto de consideraciones y a fin de orientar el marco normativo que deben empezar a adoptar los Estados firmantes del Convenio de Chicago para el segmento de aeronaves no tripuladas que requieren piloto remoto, en cuanto estas sean utilizadas en operaciones de aeronavegación internacional.
Que, en respuesta a las recomendaciones de la OACI, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil , a través de la entonces Secretaría de Seguridad Aérea, expidió la Circular Reglamentaria 5100-082-002 el 27 de julio de 2015 , por medio de la cual desarrolló una primera aproximación regulatoria acerca del uso de sistemas de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS) en Colombia.
Que, mediante la Resolución 04201 del 27 de diciembre de 2018 , la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales, incorporó a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia el Apéndice 13 de la norma RAC 91.
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) es el organismo que regula la actividad aérea en el país y, por ende, la operación de drones o RPAS, para cual desde abril del año 2015 cuenta con dos normativas aeronáuticas la DAN 151 y DAN 91 .
En ellas se establece, entre otras cosas, que el operador debe contar con la credencial de piloto a distancia de RPAS , con la tarjeta de registro del Dron y la autorización de operación otorgada por la DGAC.
CREDENCIALES
La persona debe contar con una Credencial de piloto a distancia para operar en zonas pobladas. Para esto el aspirante deberá:
Haber cumplido dieciocho años de edad.
Presentar una declaración jurada ante notario de haber recibido instrucción teórica y práctica respecto al modelo de RPAS a volar.
Aprobar un examen escrito sobre la norma DAN 151, DAN 91 y Meteorología y Aerodinámica. La calificación mínima para aprobar será de un 75%.
Así mismo, para volar un RPAS el operador debe:
Mantener contacto visual directo con la aeronave para dirigir su vuelo
Tener seguro de daños contra terceros autorizados por la Junta Aeronáutica Civil (JAC).
El objetivo de la operación debe ser de interés público.
INSCRIPCIÓN DEL DRON
El dron debe estar inscrito y certificado por la DGAC. Para esto se debe realizar la solicitud de inscripción del dron con la siguiente información:
País de fabricante.
Marca / Modelo
Número de serie.
Tipo de motorización.
Peso máximo de despegue de 9 kilos.
Detalle del equipamiento incorporado (cámara, paracaídas).
Demostración del funcionamiento del paracaídas de emergencia.
Tamaño de la foto 10 x 15 centímetros en colores.
Una vez efectuado el registro del RPAS, la DGAC entregará al propietario una tarjeta de registro.
PERMISO PARA OPERAR EN ZONAS POBLADAS
Toda persona natural o jurídica que cuente con las inscripciones y credenciales señaladas anteriormente y que desee operar un dron de dichas características, deberá obtener previamente una autorización de la DGAC .
Dicha autorización se otorgará para cada operación siempre y cuando se trate de una actividad de interés público , como por ejemplo, vuelos asociados a tomas fotográficas o filmaciones de medios de comunicación social, organismos de Estado o ante situaciones de catástrofe.
Según la DAN 91, sólo drones pequeños de hasta 750 gramos de peso , fabricados con polietileno expandido o material equivalente, destinados al uso privado o recreacional , podrán operar en áreas privadas sin autorización de la DGAC, siempre y cuando no operen a más de 50 metros de altura sobre el obstáculo o edificación de mayor altura de la zona. En este caso el operador debe responder ante cualquier daño a tercero que cause durante el vuelo. (Ver Capítulo A, punto 91.102).
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC , pone a su disposición la Mesa de Partes Virtual (MPV -MTC) plataforma digital que permitirá, desde cualquier lugar y momento, ejercer sus derechos como administrado respecto de la presentación de documentos ante este ministerio.
Debe tener en cuenta que:
Deberá generar una cuenta de acceso a la MPV.
Como usuario de este servicio, será responsable del contenido y registro de la información que presenta. Estos tienen carácter de declaración jurada . Por lo tanto, sugerimos tener bien revisado el manual de uso .
Registre toda la información que el MPV requiere para la presentación de documentos.
La documentación presentada debe cumplir con los requisitos mínimos establecidos en el Art. 124º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
La documentación y los anexos presentados deben ser legibles .
Podrá adjuntar archivos según los requisitos establecidos para cada procedimiento:
Procedimientos administrativos TUPA : Hasta diez (10) archivos de máximo 20 MB .
Procedimientos No TUPA u Otra Índole : Diez (10) archivo de máximo 20MB .
Autoridad: La DGAC (Dirección General de Aeronáutica Civil) es la encargada, pero la Mesa de Partes Virtual del MTC es el mecanismo para presentar los documentos.
Mecanismo: El proceso de registro para drones en Perú se hace a través de esta plataforma virtual del MTC.
Requisito Burocrático: El usuario debe registrarse y la documentación tiene carácter de declaración jurada .
De requerir mayor información respecto al uso de este mecanismo, sírvase comunicarse a nuestra central de consultas al (01)615-7900 o al correo electrónico: atencionalciudadano@mtc.gob.pe.
1. Categorías de Vuelo
Recreativo (Excepción 44809): Para quienes vuelan solo por diversión. Deben registrar el dron y realizar el test TRUST (un examen online gratuito de seguridad).
Comercial (Part 107): Si planeas ganar dinero o usar las imágenes para un negocio (incluye YouTube monetizado). Requiere obtener un Certificado de Piloto Remoto tras aprobar un examen presencial.
2. Reglas de Oro
Registro: Todo dron que pese más de 250 gramos debe registrarse en el portal FAA DroneZone (costo aprox. 5 USD por 3 años).
Remote ID: Desde 2024, casi todos los drones deben emitir una señal de identificación digital en tiempo real (ID Remota).
Límites: Altitud máxima de 120 metros (400 pies) y siempre mantener contacto visual (VLOS).
Vuelo sobre personas: Solo permitido con drones de Categoría 1 (muy ligeros y con hélices protegidas) o drones certificados específicamente.
Usar aplicaciones aprobadas por la FAA como B4UFLY o Aloft. - Disponible en la App Store y Google Play para chequear restricciones en tiempo real.
Paginas oficiales en Estados Unidos (FAA)
Portal Principal de Drones: Federal Aviation Administration (FAA) - UAS
Registro de Drones (DroneZone): FAA DroneZone
Examen de Seguridad Recreativo (TRUST): The Recreational UAS Safety Test
Información para extranjeros: International UAS Operators in the USA
Canadá tiene un sistema muy organizado que diferencia los vuelos según la cercanía a personas y aeropuertos.
1. Clasificación de Operaciones
Operaciones Básicas: Volar en espacio aéreo no controlado, a más de 30 metros de personas y lejos de aeropuertos.
Operaciones Avanzadas: Volar en espacio aéreo controlado, a menos de 30 metros de personas o sobre ellas. Requiere un examen más difícil y una revisión práctica de vuelo.
2. Requisitos Clave
Certificado de Piloto: A diferencia de EE. UU., en Canadá todos los pilotos de drones entre 250g y 25kg necesitan un certificado (Básico o Avanzado), incluso para uso recreativo.
Edad Mínima: 14 años para operaciones básicas y 16 para avanzadas.
Registro: El número de registro de Transport Canada debe marcarse claramente en el dron.
Micro-drones (Menos de 250g): Como el DJI Mini, están exentos de la mayoría de las reglas, pero no deben volar de manera negligente o poner en riesgo a otras aeronaves.
Consultar el NAV Canada Drone Site Selection Tool (mapa interactivo oficial). La app oficial de NAV CANADA para obtener autorizaciones de vuelo.
Paginas oficiales en Canadá (Transport Canada)
Portal de Seguridad Drone: Drone Safety - Transport Canada
Portal de Gestión (Registro y Exámenes): Drone Management Portal
Guía para Pilotos Extranjeros: Foreign Operators in Canada
Herramienta de Selección de Sitio (Mapas): NRC Drone Site Selection Tool
Brasil tiene una de las legislaciones más avanzadas y utiliza dos organismos: ANAC (para el registro del dron) y DECEA (para el permiso de vuelo).
Categorías:
Clase 3 (250g a 25kg): Vuelos hasta 120m de altura. Registro obligatorio en el sistema SISANT.
Clase 2 y 1 (>25kg): Requieren certificación técnica más compleja.
Regla de Oro: Se debe mantener una distancia de 30 metros horizontales de personas no involucradas, a menos que tengan protección.
Seguro: Es obligatorio contratar un seguro con cobertura contra daños a terceros (Seguro RETA).
Enlaces Oficiales:
La Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) regula el uso de RPAS mediante la resolución 625/16.
Registro: Todo dron debe estar registrado ante la DINAC. Los operadores comerciales deben obtener una credencial de piloto.
Zonas Prohibidas: Muy estrictos con el sobrevuelo de edificios gubernamentales, embajadas y zonas militares en Asunción.
Límites: Altura máxima de 120 metros y siempre en condiciones meteorológicas visuales.
Enlaces Oficiales:
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) regula los drones a través de la reglamentación RAB 101.
Registro Obligatorio: Se debe registrar el equipo para obtener una placa o número de identificación.
Uso Recreativo vs. Comercial: El uso comercial requiere una autorización especial para cada trabajo y un certificado de operador.
Restricciones: Prohibido volar a menos de 5 km de cualquier aeropuerto o aeródromo (muy controlado en el Aeropuerto El Alto y Viru Viru).
Enlaces Oficiales:
Volar en el país de las Galápagos requiere responsabilidad. Si tu dron supera los 250 gramos, la ley ecuatoriana es clara: registro obligatorio y seguro de daños a terceros. No arriesgues tu equipo ni tu bolsillo; mantené siempre una altura máxima de 122 metros y evitá las zonas restringidas para disfrutar de las mejores tomas aéreas del mundo.
Página Oficial: Dirección General de Aviación Civil (DGAC) - Ecuador
Uruguay ofrece un marco legal muy amigable para el piloto recreativo. Si tu dron pesa menos de 2 kg, podés volar con libertad siempre que respetes la privacidad de las personas y te mantengas alejado de aeropuertos. Es el destino ideal para capturar la belleza de sus costas, siempre bajo las normativas de seguridad de la DINACIA.
Página Oficial: Dirección Nacional de Aviación Civil (DINACIA) - Uruguay
El espacio aéreo venezolano está altamente regulado. Todo piloto, sin excepción, debe registrar su aeronave en el sistema SIGA. Antes de encender motores en el Salto del Ángel o Los Roques, asegurate de cumplir con la providencia administrativa vigente del INAC para evitar el decomiso de tu equipo por falta de documentación oficial.
Página Oficial: Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) - Venezuela
Costa Rica es el paraíso de la biodiversidad, pero sus reglas para drones son estrictas para proteger la fauna y la seguridad aérea. Si volás de forma recreativa, no necesitás certificado para drones livianos, pero el uso comercial está sujeto a formación profesional. ¡Respetá las zonas de exclusión y volá con seguridad en el paraíso "Pura Vida"!
Página Oficial: Dirección General de Aviación Civil (DGAC) - Costa Rica
En El Salvador, la tecnología dron está en pleno auge, pero la seguridad es prioridad. La regla de oro es mantener una distancia de al menos 5 km de cualquier aeródromo. Si tu dron pesa más de 250 gramos, el registro ante la AAC es un paso que no podés saltear para volar con total tranquilidad legal.
Página Oficial: Autoridad de Aviación Civil (AAC) - El Salvador
Belice protege celosamente su patrimonio natural y arqueológico. Si planeas volar sobre sus famosos cayos o templos mayas, necesitas un permiso del Departamento de Aviación Civil y haber registrado tu dron previamente. Es vital coordinar con las autoridades locales, ya que el vuelo sin autorización puede resultar en multas severas y el decomiso del equipo al ingresar al país.
Página Oficial: Department of Civil Aviation - Belize
Guatemala divide el uso de drones entre recreativo y comercial. Para los amantes de la fotografía aérea que visitan Antigua o el Lago Atitlán, la regla principal es no superar los 122 metros de altura y mantenerse lejos de aeropuertos y edificios gubernamentales. Si tu dron es para uso profesional, preparate para gestionar un registro formal ante la DGAC.
Oficial: Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) - Guatemala
En Honduras, la seguridad operacional es la prioridad de la AHAC. Es obligatorio que el operador mantenga contacto visual con el dron en todo momento. Aunque el uso recreativo es permitido, existen zonas prohibidas muy específicas cerca de bases militares y parques nacionales que debés verificar antes de despegar para evitar problemas con la seguridad pública.
Página Oficial: Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC) - Honduras
¡Mucha atención aquí! Nicaragua tiene una de las regulaciones más estrictas de la región. El ingreso de drones al país debe ser autorizado previamente por el INAC. Sin este permiso, es muy probable que el dron sea retenido en la aduana al entrar. Te recomendamos gestionar toda la documentación con semanas de antelación si planeas capturar sus impresionantes volcanes.
Página Oficial: Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil (INAC) - Nicaragua
Panamá es un centro logístico aéreo mundial, por lo que su normativa es muy precisa. Todos los drones deben estar registrados ante la AAC. Si sos turista, recordá que está prohibido volar en zonas de aproximación de los aeropuertos internacionales y sobre el Canal de Panamá. El respeto a las "No Fly Zones" es monitoreado constantemente por las autoridades.
Surinam es un territorio virgen para muchos pilotos, pero la seguridad aérea es estricta. Todo dron que ingrese al país debe ser declarado en la aduana. Para vuelos recreativos sobre la selva o Paramaribo, se requiere mantener una distancia mínima de 5 km de aeropuertos y no superar los 120 metros de altura. La CASAS (Autoridad de Seguridad Aérea) supervisa que no se vuele sobre áreas protegidas sin permisos especiales de conservación.
Página Oficial: Civil Aviation Safety Authority Suriname (CASAS)
En Trinidad y Tobago, la autoridad (TTCAA) exige que todos los drones que pesen más de 750 gramos estén registrados. Si sos turista, tenés que llenar un formulario de registro antes de llegar. Un punto clave para el 2026: está prohibido volar a menos de 1.5 km de las fronteras estatales y zonas industriales de gas/petróleo, que son muy comunes en las islas. ¡Cuidado con las zonas de exclusión en Puerto España!
Página Oficial: Trinidad and Tobago Civil Aviation Authority (TTCAA)
Para volar en estas islas paradisíacas, la ECCAA (autoridad regional) es la que manda. Es obligatorio solicitar un permiso de vuelo con al menos 7 días de antelación si planeas hacer tomas comerciales o profesionales. Para uso recreativo, la regla de oro es "Línea de Visión": nunca pierdas de vista tu dron y mantenete alejado de los cruceros y zonas hoteleras privadas para evitar denuncias por invasión de privacidad.
Página Oficial: Eastern Caribbean Civil Aviation Authority (ECCAA)
Si planeás viajar a este destino, es fundamental saber que la Bahamas Civil Aviation Authority (BCAA) exige el registro previo de cualquier equipo, ya sea para filmaciones recreativas o profesionales. El proceso debe iniciarse antes de arribar al país para evitar demoras en la aduana. Se prohíbe estrictamente volar sobre multitudes o áreas protegidas sin una autorización de seguridad operacional específica.
Página Oficial: Bahamas Civil Aviation Authority (BCAA)
Barbados mantiene políticas de seguridad muy estrictas respecto a la tecnología RPA. Actualmente, existe una moratoria sobre la importación de drones que se revisa periódicamente; por ello, es obligatorio obtener un permiso de importación del Ministerio de Defensa y una licencia de la BCAD. Volar sin estos documentos puede resultar en la confiscación inmediata del equipo en el aeropuerto.
Página Oficial: Barbados Civil Aviation Department (BCAD)
Es vital advertir a los viajeros que Cuba posee una de las normativas más restrictivas de la región. La importación de drones por parte de turistas está prohibida y los equipos suelen ser retenidos por la aduana hasta la salida del país. Solo instituciones gubernamentales o productoras con permisos del IACC pueden operar en la isla, bajo estrictos protocolos de vigilancia aérea.
Página Oficial: Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba (IACC)
La operación de drones en Granada está bajo la supervisión de la ECCAA. Los pilotos deben respetar un techo de vuelo de 120 metros y mantener el equipo siempre dentro de la línea de visión (VLOS). Es obligatorio mantenerse alejado de los radios de seguridad del Aeropuerto Internacional Maurice Bishop para evitar interferencias con la aviación comercial.
Página Oficial: Eastern Caribbean Civil Aviation Authority (ECCAA)
En Guyana, la GCAA exige que todos los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS) estén registrados. Para los visitantes extranjeros, se recomienda iniciar el trámite de solicitud de vuelo con al menos 30 días de antelación. La normativa local hace especial énfasis en la protección de la privacidad y la prohibición de sobrevuelo en instalaciones estratégicas del Estado.
Página Oficial: Guyana Civil Aviation Authority (GCAA)
Aunque Haití cuenta con una regulación en desarrollo, la OFNAC es el organismo encargado de velar por la seguridad del espacio aéreo. Se recomienda a los operadores comerciales solicitar una carta de no objeción antes de realizar trabajos de fotogrametría o video. Para uso recreativo, se debe evitar volar cerca de edificios gubernamentales y zonas de alta densidad poblacional.
Página Oficial: Office National de l'Aviation Civile (OFNAC)
Jamaica ha implementado un sistema de categorías para el uso de drones. Es imperativo registrar el equipo ante la JCAA y cumplir con las zonas de exclusión que incluyen prisiones, aeródromos y zonas de defensa. El vuelo nocturno está prohibido para usuarios recreativos, y cualquier incidente debe ser reportado inmediatamente a las autoridades de aviación.
Página Oficial: Jamaica Civil Aviation Authority (JCAA)
República Dominicana es uno de los destinos más buscados por los "droneros". Según el IDAC, los drones de uso recreativo que pesen menos de 2 kg no necesitan registro, pero deben respetar los límites de altura y las zonas de restricción (como el Palacio Nacional). Para drones de mayor peso o uso comercial, se requiere una certificación de operador y el pago de tasas correspondientes.
Página Oficial: Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC)
Al igual que otros miembros de la ECCAA, estas islas requieren un permiso de la aviación civil y, en muchos casos, una notificación a las fuerzas policiales locales. Está prohibido volar sobre áreas privadas sin consentimiento y se debe mantener una distancia mínima de seguridad respecto a las zonas de despegue y aterrizaje de helicópteros y aviones.
Página Oficial: Eastern Caribbean Civil Aviation Authority (ECCAA)
La normativa en este archipiélago busca proteger tanto la seguridad aérea como la biodiversidad de las islas. Se requiere registro para cualquier dron equipado con cámara y se prohíbe el vuelo en parques nacionales sin permisos especiales de conservación. La altura máxima permitida es de 400 pies sobre el nivel del suelo.
Página Oficial: Eastern Caribbean Civil Aviation Authority (ECCAA)
En Santa Lucía, es mandatorio completar el formulario de registro de drones antes de ingresar al territorio. La autoridad local pone especial foco en evitar el uso de drones cerca de los puertos de cruceros y zonas turísticas masivas durante las horas pico. Los operadores deben contar con un seguro de responsabilidad civil si realizan actividades de lucro.
Página Oficial: Eastern Caribbean Civil Aviation Authority (ECCAA)